Si te preguntas ¿Cómo saber las deudas de una persona fallecida en España? Aquí te explicaremos de manera fácil y detallada todo lo que debes hacer y a que entes te debes dirigir para obtener esta información.
Recuerda que cuando una persona fallece, puede dejar tanto herencia cómo deudas y en ambos casos existen una serie de pasos que se deben cumplir.
Tabla de contenidos
¿Cómo puedo saber las deudas de una persona fallecida?
Es muy común que cuando un familiar fallece, no se sabe si dejó deudas o no. Por ello, lo más recomendable si quieres obtener esta información, es que te dirijas a las instituciones bancarias donde la persona tenía su cuenta.
También, podemos obtener un documento directamente con la Central de Riesgo del Banco de España y en cada caso deberás realizar algunos pasos y gestiones que te permitirán obtener esta información que te detallaremos a continuación.
¿Cómo se solicita el informe de deudas de personas ya fallecidas?
Existen tres maneras diferentes de averiguar toda esta información para que selecciones la que más se adapte a tus necesidades.
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De manera presencial
Este es un informe que se solicita de manera presencial en cualquiera de las sede del Banco de España.
Para ello, se debe rellenar un formulario que se llama Solicitud de Informe de Riesgos del centro de Riesgos y que se encuentra disponible en la sección tramitación de la página.
Además de esto, deberás presentar una serie de documentos que son de carácter obligatorio y que se encuentran detallados en la misma página.
Una vez que realices este proceso. Se enviará el informe a la dirección del solicitante a través del correo certificado.
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Por medio de la vía electrónica
Este informe se puede solicitar de manera virtual a través de la plataforma web: Petición de informes y reclamos CIR e ingresar en la sesión tramitación y diligenciar todos los campos allí solicitados.
También, es indispensable la firma o certificado que será expedido por el prestador de servicio y debidamente autenticado por el banco.
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Con el correo postal
Si deseas realizar todo este procedimiento y enviarlo a través del correo, debes realizar el siguiente proceso. Ingresar en la página de Solicitud de Informe de Riesgo e ingresar en la sección procesamiento y llenar todos los datos allí solicitados.
Posteriormente debes firmar el documento y enviarlo a esta dirección. Banco de España. Central de información de Riesgo. c/ Alcalá 48, 28014 Madrid.
Cabe destacar que al igual que en los casos anteriores, deberás enviar algunos documentos que son exigidos de manera obligatoria y que se encuentran detallados en la sección de documentos obligatorios en la misma página.
Tipos de deudas que se muestran en el informe
Una vez que se te proporciona el informe, obtendrás la siguiente información:
- Monto total de la deuda que dejó el fallecido.
- Se te indicará si la persona es deudor o fiador de dicha deuda.
- Con cuál banco existe la deuda.
- Conocerás el estatus de la deuda. Si está vigente, fallida o en demora.
- Cuál es el tipo de deuda que dejó: préstamo personal, hipoteca, entre otras.
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Otras deudas que pudo haber dejado la persona
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Préstamos por vehículo:
Para averiguar esto, lo debes hacer de manera online, ingresando a registro de bienes muebles de España.
Aquí se enviará una nota simple con los datos de matrícula del auto o el número del chasis.
Esto se realiza en el caso de que los automóviles sean financiados por la compañía financiera del distribuidor.
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Procesos legales en curso
Si verificas que la persona no tenía deudas con el Banco de España, debes dirigirte al juzgado de la localidad donde la persona fallecida hacía vida.
Allí conocerás si la persona tenía antiguas deudas bancarias o algún trámite en curso.
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Consulta de ficheros para morosos
Si la persona fallecida era autónoma o empresaria, debes hacerlo en el Ministerio de Hacienda o el de Seguridad Social.
Recuerda que todas estas deudas pueden afectar las herencias.
¿Podemos renunciar a las deudas de un familiar fallecido?
Quién tenga la opción de recibir una herencia y una vez que investigues todas las deudas, si determinas que tus capacidades están muy por debajo de la deuda, puedes renunciar a dicha herencia.
Sin embargo, si la persona considera que puede pagar dicha deuda y aún así obtener beneficios ya sea económicos o sentimentales puede pagar la deuda y conservar lo heredado.
Por otro lado, si los familiares quieren hacerse cargo de las deudas del fallecido pero, no tienen el dinero para pagar. Pueden solicitar un préstamo ante las entidades correspondientes.
¿Quién es el encargado de pagar las deudas?
Cuando alguien fallece, se deben realizar una serie de trámites legales para dejar constancia del fallecimiento. Posterior a esto, y en caso de que la persona halla dejado vienes se debe hacer la repartición de la herencia entre sus beneficiados.
Posterior a esto, y si las personas deciden aceptar la herencia. Deben ser conscientes que aceptan también las responsabilidades tributarias que la persona dejó. Y esto se encuentra debidamente establecido en el artículo nº 36 de la LGT.
Por otro lado, en este mismo artículo, se señala que las sanciones no se extenderán bajo ningún motivo o circunstancia.
Cabe acotar que la única salvedad es que el acuerdo de venta responsable halla sido notificado antes de la muerte de la persona. Por tanto, la responsabilidad no se transferirá.
De igual manera, es importante destacar, que en el artículo 117 de la LGt se establece lo siguiente: Cualquier obligación de pago, luego del fallecimiento de quien posee la deuda; dará continuidad con su heredero.
Para esto, quién recibe la herencia, deberá presentar el acta de defunción y cancelar la totalidad de la deuda pendiente.